Servicio Mutuo de Bienestar Social de Funcionarios y Exfuncionarios Bancarios
Según informara la Comisión Electoral el 11/01/18, los titulares de las listas 100,200 y 300 presentaron recursos de revocación y apelación contra el resultado del acto eleccionario celebrado en diciembre de 2017, acto que contó con la supervisión de dos funcionarias de la Corte Electoral como es de rigor en estos casos.
Tramitados los recursos y habiéndose confirmado el acto eleccionario, los
asociados jubilados citados iniciaron procedimiento judicial que se tramitó en el Juzgado de Paz de la Capital de 17º Turno, expediente caratulado “GILBEAUX Hugo y Eduardo y DIAZ Hugo c/ SEMU BANCARIO Acción de Requerimiento” Expediente Nro. 2-41933/18.
El juicio se desarrolló desde mayo de 2018 a junio de 2019, y tanto la sentencia de primera instancia como la de segunda, fueron favorables al SEMU, resultando los demandantes condenados en costas y costos.